SEIS HOMBRES ACUSADOS POR EL MINISTERIO PÚBLICO DE COMETER DIFERENTES HECHOS DELICTIVOS FUERON condenados por un tribunal de ESTA PROVINCIA A PENAS DE 20, 10 y cinco años de prisión.


 

SAN PEDRO DE MACORÍS, República Dominicana.–RD. Por Licdo Ulises Quezada (Abel).

Esta es una nota de la Justicia Dominicana.



 San Pedro de Macorís RD.

El Tribunal Colegiado condenó a 20 años de reclusión a Adonis de la Cruz, hallado culpable de los crímenes de asociación de malhechores y robo agravado e impuso igual pena en contra Rodolfo Morales Madrigal y Manuel Heredia Warner por haberse asociado para matar a otro.

En otras decisiones, el tribunal también condenó a 10 años de prisión al procesado Vinicio Rodríguez, quien fue sentenciado por incurrir en violencia agravada contra la mujer, al causar grave daño corporal a la víctima con un arma blanca, mientras que José Dolores Marte recibió condena de igual cantidad de años tras ser encontrado culpable de agresión sexual agravada contra una menor de edad.

Además, José Enrique García Santana fue condenado a cinco años de prisión por el tráfico ilícito de sustancias controladas, en violación a la Ley 50-88, sobre Drogas.

El fiscal Pedro Adael García de Peña, del Departamento de Litigación Final, aportó al tribunal diferentes pruebas documentales, materiales y testimoniales, así como de naturaleza pericial, que fueron acogidas en diferentes audiencias por los jueces Kenia del Pilar Tavárez Henríquez, Juan de la Cruz Rijo Güílamo, Haydeliza Ramírez Henríquez, Esmirna Antonia Ortega Ventura, Magdelquis Yolanda Franco Peña y Delfina Phillipes Silvestre.

Con las pruebas quedó demostrado que Adonis de la Cruz cometió el robo agravado en perjuicio de Manuel de Jesús Zorrilla Reinoso y Yassiel Carrión Romero tras penetrar armado con una escopeta a su residencia, en fecha 13 de septiembre de 2018, donde sustrajo teléfonos móviles de las víctimas.

Asimismo, el órgano acusador probó que Rodolfo Morales Madrigal y Manuel Heredia Warner le provocaron la muerte a Erasmo Peñaló Medina, al establecerse durante la investigación que le propinaron golpes y le ocasionaron varias heridas, quedando así descartada su posición inicial de que se trató de un accidente de tránsito.

En el caso de Vinicio Rodríguez, el expediente señala que cometió violencia agravada en perjuicio de su exsuegra Maritza Altagracia Santos Ozoria, al inferirle múltiples heridas de arma blanca, en un hecho ocurrido el 15 de febrero de 2019.

Respecto a José Dolores Marte, la acusación indica que en tres ocasiones, en el año 2019, cometió el crimen de agresión sexual agravada contra una menor de edad cuando la víctima se encontraba sola en su residencia.

Sobre los hechos imputados a José Enrique García Santana, el expediente señala que fue apresado el 25 de junio del pasado año, luego de que se le ocuparan más de 235 gramos de distintas sustancias narcóticas.

El Ministerio Público demostró que los procesados violaron el Código Penal, modificado por la Ley 24-97, la Ley 631-16, sobre Armas, Municiones y Materiales Relacionados, así como el Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes, y la referida Ley 50-88 sobre 

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